Información al Paciente

Beneficios Institucionales

Beneficios Institucionales

Acto de Servicio:

Eventualidad que sufre el personal a causa o con ocasión del servicio y que le produce inutilidad temporal, permanente o la muerte. Se considerarán como tales los accidentes de trayecto entre el lugar habitual u ocasional de trabajo y su morada.

Carga Familiar:

Eventualidad que sufre el personal a causa o con ocasión del servicio y que le produce inutilidad.

Al quinto mes cumplido de gestación, la funcionaria o funcionario que desee incorporar como Carga Familiar a la o el niño que está por nacer, debe remitir el certificado del tiempo que tiene de gestación, extendido por el ginecólogo y/o matrona tratante por Oficio Remisor de la Jefatura de Personal, Departamento de Beneficios. La Jefatura de Personal envía oficio a DIPRECA y ésta enviará de regreso a la Unidad del funcionario(a) solicitante vía carta certificada el certificado de N.N.N. Con lo anterior, se entrega cobertura de salud y previsión al recién nacido ante una eventualidad médica.

Si es primera vez que realiza este trámite, debe realizar lo siguiente:

– Descargar desde la página de personal, beneficios y remuneraciones los anexos nº1 y nº2.
– Solicitud de carga familiar
– Adjuntar certificado de nacimiento del niño(a)
– Remitir los antecedentes por Oficio Remisor del Jefe de Unidad a la Jefatura de Personal.

Si ya posee cargas familiares reconocidas en la Jefatura de Personal y desea incorporar otra, la documentación exigida es la misma señalada precedentemente, debiendo descargar los anexos nº1 y nº3.

Es fundamental, explicar que si usted como funcionario(a) posee el Seguro Complementario de Salud y gestionó el reconocimiento de su hijo(a) al 5º mes de gestación en la Jefatura de Personal, usted le otorga desde el primer mes de vida (30 días), cobertura de SECOSA al recién nacido. Esto quiere decir, que ante una hospitalización en DIPRECA o sus convenios, ésta como previsión de salud, aportará el 50% de la deuda médica y el SECOSA con el 40% debiendo cancelar como imponente o titular solo el 10% de la deuda total. De la misma manera, el aporte ante atenciones ambulatorias del SECOSA será de un 25%, debiendo cancelar el 25% que DIPRECA descontará por planilla de sueldo en 08 cuotas. Si las prestaciones médicas con los aportes ya generados, ascendieran a las 70UF, operará el Seguro Catastrófico asociado al SECOSA, con un tope de 3.500UF.

Una vez nacido el hijo(a), se debe regularizar la situación del NN en la Jefatura del Personal, enviando certificado de nacimiento y los formularios que correspondan descargables de la página web de la Jefatura de Personal, a fin de normalizar su nombre y registro en DIPRECA.

Realizadas las gestiones recientemente indicadas, se debe tomar contacto con la Jefatura de Bienestar, Departamento Social, y solicitar mediante formulario disponible en la página web de JEBIEN, la incorporación de su hijo(a).

Es propicio señalar, que la cobertura comenzará a regir para su hijo(a), a contar del primer día hábil del mes siguiente al descuento por planilla de sueldo.

Valores Primas del Seguro Complementario de Salud Año 2017:
– Nombramiento Institucional Activo……………….…..$13.579
– Nombramiento Supremo Activo…………………………$16.132
– Nombramiento Institucional Pasivo……………………$17.998
– Nombramiento Supremo Pasivo………………………..$19.984
– Personal no afecto a DIPRECA……………………………$22.149

Teléfonos SECOSA: 2 2951 7658 – 2 2951 7659 – 2 2951 7691

Permiso Postnatal Parental:

De acuerdo a la Orden General nº2.083 de fecha 09.NOV.005 y a la Orden General nº2.141 de fecha 13.FEB.007, el funcionario que haya sido padre tendrá derecho a un permiso pagado de 5 días, el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto, y serán 5 días corridos o distribuidos dentro del primer mes desde la fecha de nacimiento.

Para hacer uso de este derecho, el funcionario deberá descargar la solicitud al Director General disponible en la página web de la JEPERS, adjuntando certificado de nacimiento y remitirla por Oficio Remisor del Jefe de Unidad a esa Alta Repartición.

Subsidio por Nacimiento de la Jefatura de Bienestar:

Para solicitar el beneficio económico, debe ser socio de la Jefatura de bienestar, con una antigüedad mínima de 06 meses y tener sus avales de calidad de socio vigentes.

Documentación Requerida:

  • Solicitud de subsidio, disponible en la página web de JEBIEN.
  • Certificado original de nacimiento.
  • Oficio Remisor del Jefe de Unidad.

Beneficio de Natalidad de la Mutual de Seguros de Chile:

Para hacer cobro de este beneficio, debe:

  • Ser asegurado de dicha mutualidad, con una antigüedad mínima de 1 año contado desde la fecha de vigencia de la póliza, a la fecha de nacimiento o adopción.
  • Dirigirse a cualquiera de sus oficinas, solicitar y completar el formulario de natalidad disponible en mutualdeseguros.cl
  • Presentar certificado de nacimiento.

Solicitud de Ambulancia de la Jefatura Nacional de Salud:

Los pacientes que, al momento de ser dados de alta, requieran por indicación médica ser trasladados en camilla, podrán solicitar ambulancia al Centro de Salud para el traslado a su domicilio dentro de la Región Metropolitana, debiendo comunicarse a la Dirección del Centro de Salud a través del correo electrónico clinica@investigaciones.cl, o con la Guardia de la Jefatura al fono 2 2708 1440, de acuerdo a previa evaluación y disponibilidad de ambulancia.

Para solicitud de ambulancia de lunes a viernes después de las 20:00 Hrs, y los días sábado, domingo y festivos, deberá comunicarse a la central de Investigaciones Policiales CIPOL, a los fonos 2 2708 0000 y 2 2708 0634.

Licencias Médicas:

La licencia médica de hospitalización es otorgada al paciente por el médico tratante el día de alta. Una vez que el funcionario presente su licencia médica al Jefe de Unidad, este debe hacerla llegar mediante Oficio Remisor a la Oficina de Partes de la Jefatura Nacional de Salud, o podrá ser entregada personalmente a esa sección, previo aviso al Jefe de Unidad. En este caso, la Jefatura Nacional de Salud enviará copia al Jefe de Unidad.

Cabe señalar que las licencias médicas emitidas en el Centro Médico Institucional son tramitadas internamente.

El personal a contrata deberá remitir su licencia médica a la Jefatura de Personal.

Modificación de la Licencia Médica:

La modificación (reducción o rechazo) de licencias médicas, se informa por medio de Radiograma a la Unidad del funcionario. El plazo para presentar la documentación que entregue mayores antecedentes de la situación de salud es de 03 días hábiles, la que se debe hacer llegar a través de correo certificado.

La resolución del caso antes señalado será informada por medio de Radiograma a la unidad del funcionario.

Recomendaciones:

  • Verificar que la licencia médica considere la fecha de inicio o emisión y cantidad de días otorgados.
  • Dar el domicilio en el cual hará uso de su licencia médica.